Esta mañana el Presidente del Congreso promulgó la Ley que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el año 2020. La norma, que acumuló once proyectos de ley, fue aprobada el pasado 3 de abril por el Congreso y la autógrafa remitida al Presidente de la República tres días después. Ayer venció el plazo para que el Presidente la observe o promulgue, sin que haya tomado ninguna acción, motivo por el cual correspondía al Presidente del Congreso promulgarla, conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Constitución.
La referida ley autoriza a los afiliados a una AFP a realizar un retiro extraordinario y voluntario de hasta el 25% de su fondo, con un máximo de tres UITs, es decir hasta un monto de S/. 12,900, y un mínimo de 1 UIT, o S/. 4,300. El retiro se realizará en dos partes, 50% dentro de los 10 días de presentada la solicitud y el 50% restante a los treinta días de haberse realizado el primer desembolso.
El Congreso debatió y aprobó esta medida buscando una manera de brindar alivio a los problemas económicos que atraviesan familias peruanas como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Cabe señalar que los proyectos de ley presentados sugerían diversas fórmulas que consideraban retiros desde el 25% hasta el 100% de la cuenta individual, en diferentes plazos y modalidades. El retiro del 25% y el tope de 3 UITs fue la fórmula de consenso ante la crítica del MEF, la SBS y el BCR, entre otras personas del medio financiero, que advertían que una medida como esta perjudicaría seriamente la economía nacional y que traería como consecuencia una menor rentabilidad para todos los afiliados.
El legislador consideró que el retiro aprobado no sólo traería alivio financiero a las familias que han dejado de recibir una remuneración y a quienes han visto paralizado su negocio, sino que serviría para dinamizar la economía del país al insertar ese dinero en el mercado que se viene contrayendo cada vez más a consecuencia del confinamiento obligatorio y suspensión de actividades.
El MEF y los demás detractores de la norma, por su lado, consideran que el efecto sobre la economía será negativo debido a que los fondos de pensiones tienen más de S/ 150,000 millones invertidos en valores del Estado y de particulares. El retiro de los fondos previsto en los proyectos de ley, advertían, requeriría de la liquidación de gran cantidad de activos que tendría un fuerte impacto negativo y ocasionaría una caída en el valor de los bonos gubernamentales; al perder valor los bonos del tesoro, se verían perjudicados los esfuerzos por reactivar la economía que se vienen realizando para combatir los efectos del COVID-19. Advirtieron, asimismo, que este retiro significará una pérdida en la rentabilidad de todos los afiliados al sistema privado de pensiones.
Lo incomprensible es que el Presidente de la República, que ha expresado reiteradamente a los medios oposición a la norma; que viene advirtiendo sobre lo dañina y poco técnica que considera la propuesta y que incluso ha ofrecido alternativas en sus mensajes diarios al mediodía, no haya observado la autógrafa. Es potestad del Presidente observar las autógrafas remitidas por el Congreso, así lo prevé la Constitución; lo razonable y esperable era que todos los efectos negativos que pensaba que tendría esta ley fueran plasmados en sus observaciones. Sería interesante conocer las razones por las que el Presidente no hizo uso de su facultad para observar la ley que considera perjudicial para el país y su economía y optó más bien por enviar al Congreso una iniciativa diferente en la que autoriza el retiro de un monto igual y declara de interés nacional y necesidad pública la reforma de los sistemas de pensiones.
Lo que los detractores han calificado como una medida populista del Congreso, para los legisladores y afiliados representa la esperanza de conseguir alivio para sostenerse en esta época de dificultades económicas.
Es imposible no considerar el daño advertido por los especialistas y hacer oídos sordos a las advertencias sobre las dificultades que la nueva ley puede ocasionar en la economía peruana, pero es comprensible que los ciudadanos reciban una ayuda económica en momentos en los que han perdido sus ingresos de modo fortuito; esos ciudadanos que viven de su trabajo y que no alcanzan los bonos entregados ni el retiro de los S/. 2,000. Por otro lado, también hay quienes consideran que el anunciado perjuicio económico podrá ser compensado parcialmente cuando esos fondos sean inyectados al mercado.
Lo cierto es que no todos los que retiren necesitan hacerlo y ese dinero no será necesariamente invertido en el mercado para dinamizarlo, sería conveniente que se trate de crear consciencia entre los afiliados para que no retiren dinero de su fondo si realmente no lo necesitan.
Finalmente no podemos dejar de recalcar que el dinero que cada afiliado retire en virtud de esta norma estará disminuyendo su fondo, al igual que lo podrán disminuir las consecuencias negativas en inversiones que se traducirán en una menor rentabilidad. La norma ya es realidad y se podrán retirar las cantidades aprobadas; lo importante es que cada afiliado esté informado antes de decidir si retira o no lo que le corresponde.