PROTOCOLO DEL SECTOR TEXTIL Y CONFECCIONES

De acuerdo al Decreto Supremo Nro. 080-2020-PCM de fecha 03 de mayo del presente año, que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional, se resuelve que los sectores textil y confecciones se encuentran en la FASE 1 de la reanudación de actividades para el mes de mayo 2020.

 

En ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 137-2020-PRODUCE publicada el 07 de mayo de 2020, se aprobó el “Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental de las actividades Textil y Confecciones”. Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 137-2020-PRODUCE publicada el 07 de mayo de 2020, aprueban los “Criterios de focalización territorial” y la “obligación de informar incidencias” del Sector Producción en materia de ampliación de Textil y Confecciones.

 

En el presente informe procederemos a señalar los alcances y disposiciones establecidas conforme a lo siguiente:

 

  1. OBJETIVO

Establecer lineamientos con enfoque preventivo a fin de proteger la salud de las personas vinculadas a la cadena productiva. Por lo que, las empresas ligadas al sector textil y confecciones, deberán definir los mecanismos de acción y precauciones antes de la reanudación de actividades.

 

  1. DISPOSICIONES BÁSICAS

 

  • El empleador debe designar a un “Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores” a fin de asegurar el cumplimiento del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19, de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA.
  • Implementación de medidas de higiene, limpieza y desinfección que permitan contar con un ambiente seguro para las personas en el lugar de trabajo.
  • Promover la comprensión y comunicación con los proveedores, clientes, autoridades, empleados y sus familias de la transmisión y prevención del COVID-19.
  • Las medidas de protección individual deben ser adecuadas y proporcionales al riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección, de acuerdo con la actividad laboral profesional.
  • Los empleadores deben implementar políticas y prácticas flexibles que pueden estar relacionadas, pero no limitadas a:
  1. Implementar horarios de trabajo flexibles
  2. Aumentar el espacio físico entre los trabajadores
  3. Implementar opciones flexibles de reuniones y viajes
  4. Reducir las operaciones que sean consideradas como no necesarias o vitales
  5. Disposición a otorgar licencias o permisos de trabajo a los trabajadores.
  • Prepararse para modificar las prácticas operativas o comerciales si fuera necesario.
  • Medidas de prevención y control indicadas en el protocolo deben ser comunicadas y asegurarse que sean comprendidas por los proveedores (fijos y eventuales).
  • El empleador debe estar preparado para revisar y actualizar permanentemente los protocolos de su empresa, a fin de que, concuerden con las recomendaciones o exigencias de salud pública por la autoridad sanitaria, leyes laborales, descubrimientos en avances científicos, cambios en el contexto interno de la empresa, entre otros.
  • Deberán involucrar a los familiares directos de los trabajadores en las medidas de seguridad que deben de seguir. Para ello se elaborará y difundirá (formato físico o digital), la información necesaria.
  • Empresas deben incluir en sus planes de regreso al trabajo lo siguiente:
  • Razón social, RUC, Región, provincia, distrito y dirección de cada sede de la empresa.
  • Representante legal y DNI
  • Nº total de trabajadores con vínculo laboral
  • Nº total de trabajadores con vínculo civil (terceros, personal por recibos por honorarios).
  • Nómina del personal del servicio de seguridad y salud en el trbaajo de cada empresa. Deberá indicar profesión, grado, especializaciones, y formación en salud y seguridad de los trabajadores.
  • Puestos laborales deben identificarse y clasificarse de acuerdo al riesgo de exposición (bajo, mediano, alto, muy alto).
  • Cada centro laboral debe contar con un “Plan de vigilancia de factores de riesgo ergonómicos y psicosociales en relación al COVID-19”.

 

  • DISPOSICIONES SANITARIAS

 

  • Infraestructura y ambiente de trabajo
  1. Aumentar renovación de aire, de manera natural o forzada, en áreas de trabajo donde exista mayor cantidad de trabajadores.
  2. Disponer equipos, materiales, herramientas, vehículos, áreas de servicio y trabajo cumpliendo con el distanciamiento de al menos 01 metro entre trabajador.
  3. Disponer de espacio o área aislada (con puerta) y bien ventilado para poder atender de manera ambulatoria a las personas que manifiesten síntomas de COVID-19.
  4. Mantener servicios higiénicos y vestuarios en las mejores condiciones de limpieza y operativas posibles.
  5. Implementar políticas que minimicen o eviten el contacto del personal en las instalaciones (puertas, lavaderos, interruptores de luz).
  6. Se recomienda sustituir el control de asistencias con marcadores de huella digital por otro que no implique contacto con los trabajadores.
  7. Implementar medidas de control rigurosas contra la prevención de la contaminación cruzada. Establecer mecanismos que permitan recodar el lavado de manos cada cierto tiempo.
  8. Servicios proporcionados por terceros que implique el uso de equipos, materiales, vehículos y personal deben cumplir con las disposiciones establecidas en el protocolo.

 

  • Empleo de Equipos de Protección Personal
  1. Clasificar los Equipos de Protección Personal según los puestos del proceso productivo y su riesgo.
  2. El personal de las áreas operativas que hacen uso, de manera rutinaria, de protectores respiratorios, lentes y guantes protectores, dispositivos de protección auditiva, deben tener en cuenta la limpieza y desinfección antes de la colocación y al retirarlos
  3. Empleador debe asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal e implementar medidas para su uso correcto y obligatorio.
  4. Uso de equipo de protección respiratoria (FFP2 o N95 quirúrgico) es de uso exclusivo para profesionales de la salud con alto riesgo de exposición.
  5. Frecuencia de cambio o renovación de los EEPs se determina en función del riesgo de la actividad.
  6. Los EEP de bioseguridad como guantes, mascarillas quirúrgicas o comunitarias, lentes de protección, serán usados en función al riesgo de la actividad que realiza el personal y serán proporcionados por la empresa.

 

  • Lavado y desinfección de manos
  1. El empleador debe definir un procedimiento para el lavado de manos, el cual no podrá ser menor a 20 segundos.
  2. Se podrá emplear jabón líquido o en barra. No es necesario usar jabones medicados.
  3. Desinfección se realiza con el agente desinfectante que el empleador elija siempre y cuando demuestre su conveniencia, eficiacia y seguridad. El uso de alcohol u otros es un complemento del lavado de manos.
  4. Frecuencia del lavado de manos será determinado por el empleador y depende del nivel de riesgo asociado a las operaciones.
  5. Tener en cuenta que el uso de guantes descartables proporciona una sensación falsa de seguridad y puede que llevar a que no se laven las manos de manera regular.
  6. En la parte superir de cada punto de lavado deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del procedimiento de lavado.
  7. Cada centro de trabajo determinará la cantidad de puntos de lavado o dispensador de alcohol gel, debidamente distribuidos.

 

  • Limpieza y desinfección
  1. Los procedimientos de limpieza y desinfección son de gran relevancia en la implementación de medidas de prevención del contagio,
  2. Para el empleador que cuenta en su nómina con personal de limpieza, contará con los EPPs y la capacitación previa al inicio de la limpieza y desinfección; así como establecer cronograma de limpieza.
  3. Los procedimientos de limpieza y desinfección deben comprender la infraestructura, equipos, mobiliario, útiles de escritorio, vehículos y otros.
  4. NO se permite desinfectar a las personas haciendo uso de los llamados túneles de desinfección debido a que representan un riesgo a la salud de las personas por exposición de la piel y mucosas a productos desinfectantes.
  5. El empleador deberá definir los procedimientos documentados necesarios de limpieza y desinfección en el lugar de trabajo y áreas comunes.
  6. Las soluciones desinfectantes deberán ser preparadas al momento de su uso.
  7. La fumigación aplicando desinfectantes químicos podrá ser por medio de aspersión, nebulización u otros medios. Solo realizar en superficies inertes, no superficies vivas.
  8. Se implementará medios de verificación periódica de la eficacia de los métodos de limpieza y/o desinfección contra microorganismos definidos por el empleador.
  9. La empresa que tercerice el servicio de limpieza y desinfección debe proveer a la empresa tercerizada del listado de sustancias de limpieza que se emplearán en sus áreas según riesgo, así como del calendario de limpieza pormenorizado.

 

  • Manejo de Residuos Sólidos
  1. La fácil transmisión del COVID-19 y su permanencia sobre objetos y superficies debe ser considerado como factor de riesgo ante el proceso de manejo y eliminación de los residuos.
  2. Establecer puntos de acopio de Equipos de Protección Personal usados y material descartable para el adecuado manejo de dicho material.
  3. Si en la empresa se llegara a presentar un caso confirmado de COVID-19, se deberá considerar el manejo especial de los residuos potencialmente infectados.

 

  • Prevención de la contaminación cruzada
  1. En las áreas productivas se debe identificar mediante un análisis de riesgos aquellas condiciones que conlleven a una potencial contaminación cruzada con el COVID-19 y que pueda afectar la salud de los trabajadores estableciendo medidas de control proporcionales.
  2. Algunas condiciones asociadas a contaminación cruzada pueden estar relacionadas al uso de teléfonos, mobiliario, útiles de oficina, servicios higiénicos, vestuarios, herramientas y equipos de trabajo, utensilios de limpieza, vehículos, accionamiento de recipientes de RRSS, restricción en el uso de aire acondicionado, uso de guantes, método de limpieza, recepción de mercadería, entre otros.

 

  1. CONTROL OPERATIVO
  • El empleador identificará a los trabajadores considerados como grupo de riesgo, los cuales no podrán participar en las labores que implique un contacto físico con las personas y se mantendrán en cuarentena domiciliaria hasta el término de la Emergencia Sanitaria Nacional; realizando trabajo remoto. Su regreso se realizará con el informe médico ocuacional correspondiente.
  • El empresario, Gerente, jefe y/o supervisores de área deben evaluar la pertinencia que asista el personal que necesariamente se requiera su presencia.
  • La empresa deberá identificar y evaluar los riesgos d elos procesos productivos correspondientes (desarrollo de producto, procesos de producción, procesos de empaque, materia prima, insumos, entre otros) a fin de implementar medidas proporcionales que permitan prevenir y controlar la infección del COVID-19.
  • Reuniones de trabajo y/o capacitación debe ser, en la medida de lo posible, remotas.
  • Empresa debe definir la documentacion y registros necesarios para evidenciar el cumplimiento del protocolo.
  • Si la empresa cuenta con comedores, ascensores, vestidores, cafetines, estos deberán mantener el distanciamento de 01 metro respectivo entre los usuarios y se deberá respetar los turnos establecidos.

 

  • De la operación en el Proceso Productivo
  1. Adecuar la ubicación de la máquina y/o equipos de trabajo de modo que propicien un distanciamiento físico de al menos 01 metro entre trabajadores., además del uso permanente de protector respiratorio o mascarilla.
  2. Adecuar en el área de recepción de facturas y/o correspondencia, una separación que podría ser una ventanilla; deben hacer uso de mascarilla.

 

  • Equipos y/o herramientas de trabajo
  1. Accesorios que se usan en cada puesto de trabajo deben ser de uso individual. Al término del turno de trabajo, deben pasar por el proceso de limpieza y desinfección.
  2. Los trabajadores no deben compartir los accesorios y/o equpos que pertenecen a determinado puesto de trabajo.

 

  • Manipulación de insumos y/o productos
  1. En la zona de carga y/o descarga, el personal responsable de la empresa y/o proveedores deberán hacer el ingreso y/o salidad de los insumos en horarios y turnos diferenciados.
  2. Embalajes recibidos deberán ser desinfectados. En caso de ser necesario, se debe abril los embalajes y retirar los insumos contenido en ellos. Estos insumos también deben pasar por el proceso de desinfección.
  3. El personal de almacén que recibe los insumos y no ha tenido contacto con el proveedor, procede a organizar todo lo recibido. Deberá cumplir con el protocolo de lavado de manos antes y después del procedimiento.
  4. Los proveedores deberán estar informados que la recepción de facturas y/o boletas de pago se realizará vía electrónica, y la inspección de los insumos recibidos será revisado posteriormente. Cualquier inconveniente será comunicado vía correo electrónico.
  5. Ventilar y mantener en condiciones higiénicas las áreas de almacenamiento de material o insumos.

 

  1. CONTROL DEL CAPITAL HUMANO
    • Dentro de las instalaciones de la empresa
      • Al ingresar al centro laboral
  1. El ingreso del personal debe ser gradual, con la finalidad de evitar aglomeración al ingreso. Alguna prenda o accesorio del trabajador debe ser depositado en bolsas exclusivas para cada persona y en sus respectivos casilleros en caso corresponda.
  2. Antes de ingresar al área productiva, se debe pasar por las áreas de desinfección de manos y calzado.
  3. El personal debe dejar sus joyas, relojes y accesorios de cualquier tipo en la bolsa de cada persona. Es fundamental evitar tocar cualquier elemento que no sea indispensable.
  4. En un siguiente espacio, los trabajadores se recogen el cabello y se lavan bien las manos y cara.
  5. En un siguiente espacio, se colocan su mandil o guardapolvo, para luego colocarse la protección respiratoria, visual o auditiva y guantes de ser necesario.
  6. Los trabajadores ingresan a las áreas de trabajo, teniendo de cumplir con las normas de prevención de contagio establecidas en el presente protocolo.
  7. El responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores deberá realizar un control de la temperatura corporal de todos los trabajadores propios y terceros que ingresan a la empresa.
  8. Se deberá emplear un termómetro calibrado. En caso de usar termómetros infrarrojos éstos deberán ser específicos para mediciones de temperatura corporal.
  9. El control de temperatura y evaluación médica es aplicable a todo el personal de la empresa, así como visitas en general (proveedores, autoridades, etc.) que ingrese al interior del local en cualquier momento del día.
  10. Como actividad de vigilancia, se controlará la temperatura corporal de cada trabajador, al momento de ingresar al centro de trabajo y al finalizar la jornada laboral.
  11. Además del control de temperatura, el Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores deberá evaluar la sintomatología COVID-19 en cada trabajador. Para ello se podrá usar la ficha sintomatológica “Lista de verificación de sintomatología y antecedentes personales COVID-19”.
  12. Todo trabajador con fiebre y evidencia de signos o sintomatología COVID-19, que identifique el responsable de la empresa, será manejado como caso sospechoso.

 

 

  • Al retiro del centro laboral
  1. Trabajadores se retiran del área productiva guardando distancia mínima de 01 metro con sus compañeros.
  2. Se deben retirar los elementos de protección personal usados y desechar los no reutilizables. Para el caso de los elementos reutilizables se deben lavar y desinfectar.
  3. Almacenar los equipos de protección personal no desechables en un área limpia y seca, señalada por el empleador.
  4. Los guantes y mandiles o guardapolvos deben ser compatibles con los productos desinfectantes que se utilizan.
  5. Retirar cuidadosamente los guantes y mandiles o guardapolvos para evitar la contaminación del usuario y el área circundante, y posteriormente asegurar el lavado de manos, cara y cuello.
  6. Cada empresa ha de diseñar estos espacios y procedimientos de acuerdo con sus espacios y normas establecidas.

 

  • Áreas de trabajo
  1. Se debe definir y señalizar en las líneas de producción y áreas de trabajo, las distancias posibles y seguras en forma clara y visible.
  2. La nueva distribución de planta (lay-out) debe establecer el distanciamiento entre los trabajadores con un mínimo de 1 metro, se debe demarcar los pasillos, áreas de controles, áreas de almacén transitorio y otras áreas que correspondan.
  3. Se debe hacer la reducción de los trabajadores por área y línea de producción.
  4. Se debe reducir la concentración de material innecesario (mermas, etiquetas, hilos, muestras, productos terminados, otros), y cualquier otro que no sea útil en el momento en la línea de producción.
  5. Las mermas y cualquier otro sobrante como resultado de los procesos productivos (hilachas, retazos, prendas defectuosas, residuos de embalaje, otros) deben estar retirándose continuamente.
  6. Incentivar el lavado de manos al ingreso y salida de las áreas de producción
  7. Evitar el contacto físico entre trabajadores al momento de realizar movilización de productos o insumos o maquinarias.
  8. Las áreas comunes y de trabajo deben tener suficientes puntos de aseo para el lavado frecuente de manos de corresponder, o en todo caso puntos que permitan la desinfección de manos, los cuales deberán ser acordes al número de trabajadores.
  9. Se debe garantizar la existencia de agua potable, jabón y toallas desechables en los servicios higiénicos.
  10. Es necesario ventilar de manera constante, en lo posible, espacios como vestidores y baños.
  11. Implementar y mantener puntos de hidratación que permitan a los trabajadores hidratarse de manera continua, con dispensadores que reduzcan los contactos innecesarios.
  12. Diariamente, antes de la apertura y al momento del cierre, todas las áreas comunes, pasadizos, puertas, ascensores, baños, vestidores, barandas, pasamanos, mesas de trabajo, y sillas, serán lavados con agua y jabón y posteriormente desinfectados con productos desinfectantes.
  13. Disponer de gel desinfectante para desinfección de áreas de contacto de uso general, como la zona del comedor (microondas), o en todo caso se debe optar por designar una sola persona para su manipulación.
  14. Realizar control de roedores e insectos para para evitar la contaminación.
  15. El uso de vehículos, para abastecer y/o transportar insumos, materias primas y productos en proceso de elaboración, puede generar vulnerabilidad al contagio.
  16. Antes de proceder con la distribución de los productos terminados, se debe limpiar y desinfectar la superficie de contacto frecuente del vehículo a usar, como: cinturón de seguridad, timón, manijas, freno de mano, palancas, y otros que se activen durante el día, así también las ventanas.

 

  • Atención a proveedores, clientes y otros externos
  1. Se debe restringir el ingreso a personal externo a las instalaciones de las empresas. Si es necesario su ingreso, se debe garantizar que esté a disposición productos de limpieza e higiene personal para su uso, de igual manera, se debe regular los horarios para evitar aglomeraciones.
  2. Se recomienda realizar envíos a domicilio.
  3. Proveedores de materias primas e insumos deben aplicar los protocolos establecidos y comprometerse a entregar los productos debidamente desinfectados.
  4. La zona de espera, carga y descarga debe estar demarcada y se deben generar barreras físicas como ventanas o distanciamiento mínimo de 01 metro.

 

  • Acciones frente a un caso de persona COVID-19
  1. Los empleados que parezcan tener sintomatología COVID-19 y/o temperatura corporal mayor a 38.0°C deben ser apartados de inmediato de otros empleados, clientes y visitantes y deben recluirse a sus domicilios.
  2. El responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores realizará el seguimiento clínico a distancia diariamente del trabajador identificado como caso sospechoso. En los casos sospechosos y confirmados con COVID-19 deberá disponerse de 14 días calendarios de aislamiento antes del regreso al trabajo.
  3. Si se confirma que un empleado está infectado con COVID-19, los empleadores deben informar al resto de los empleados de su posible exposición al COVID-19 en el lugar de trabajo, pero respetando la confidencialidad del caso.
  4. Cuando se identifique un caso sospechoso se procederá a comunicar a la autoridad de Salud.
  5. Se indicará la evaluación médica de síntomas COVID-19, a todo trabajador que presente temperatura mayor a 38.0°C.
  6. En caso de contar con puestos de trabajo de Muy Alto Riesgo de Exposición, la medición de la temperatura se realiza al inicio, a la mitad y al final de la jornada.
  7. Se deberá realizar seguimiento clínico a distancia diario al trabajador y a los contactos identificados en el centro de trabajo.
  8. No suministre ningún medicamento, el servicio médico se encargará de brindar las indicaciones al paciente.
  9. Active un proceso de limpieza y desinfección inmediata con el personal de aseo del puesto de trabajo de la persona confirmada con la enfermedad o del lugar donde haya sido retenido.
  10. La empresa debe establecer un medio de contacto entre los trabajadores y el profesional de salud o el que haga sus veces para el reporte temprano de sintomatología.
  11. Se debe planificar la aplicación de prueba rápida COVID-19 de acuerdo a lo considerado en la identificación de puestos con riesgo de exposición alto y muy alto.
  12. Implementar un plan de reporte de sintomatología registrada en la Ficha Sintomatológica.

 

  • Acciones frente al retorno o reingreso al centro de labores
  1. Se recomienda implementar el proceso de reincorporación de personal con alta epidemiológica, realizando la evaluación de la condición de salud de trabajador.
  2. El personal que se reincorpora al trabajo luego del “alta epidemiológica” de COVID-19, deberá usar de manera rigurosa los EPPs proporcionados por el empleador según su puesto de trabajo, durante su jornada laboral, recibirá monitoreo de sintomatología COVID-19 por 14 días y se ubicará en un lugar de trabajo no confinado.

 

  1. CAPACITACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

Los programas de capacitación y concientización deben orientarse a que los trabajadores logren, pero que no se limiten a:

  • Conocer las posibles fuentes y las vías de transmisión del COVID-19.
  • Se colocará carteles o avisos en lugares visibles a fin de promover una mejor comprensión de las medidas preventivas.
  • La empresa debe facilitar los medios necesarios para responder las inquietudes de los trabajadores respecto a COVID-19.
  • La empresa debe considerar lineamientos de revisión y reforzamiento a trabajadores de puesto con riesgo crítico.
  • Se debe prestar particular cuidado en asegurar que el responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores u otro designado por el empleador que realice el control de ingreso del personal, tenga la competencia necesaria para realizar la evaluación médica de sintomatología COVID-19 en el personal.

 

 

  • AMPLIACIÓN DE TEXTIL Y CONFECCIONES

Respecto a los criterios de focalización territorial se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • Tener la condición de empresa formal (inscrita en la SUNARP y contar con licencia de funcionamiento) y contar con RUC activo y habido.
  • Facturar ventas anuales mayores a (cincuenta) 50 UIT en 2019.
  • Contar con más de 03 trabajadores en planilla.
  • Vender o abastecer a mercados locales principales y/o tener condición de empresa exportadora.
  • Las empresas autorizadas reanudaran sus actividades de producción y comercialización a puerta cerrada.

Los supuestos obligatorios para informar incidencias se dan en caso exista sospecha (sintomatología COVID-19 y/o temperatura corporal mayor a 37.5°C) o se confirme la existencia de algún infectado, conforme lo establezca su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo.

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